lunes, 17 de diciembre de 2007

Manifiesto Popular sobre la Comunicación











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MEMEFEST / LATINO-AMERICA (Festival internacional de la comunicación radical)
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La comunicación es básica para la vida de cualquier individuo y sus comunidades. Todas las personas están llamadas a participar de la comunicación con y entre las sociedades. La mayoría de las personas del mundo les faltan recursos mínimos para la comunicación. Mas del a mitad de ellos no ha hecho una llamada telefónica. La comercialización de los medios y la concentración de su posesión eluden la esfera pública y fallan al proveer para necesidades culturales y de información, incluyendo la pluralidad de opiniones y la diversidad de expresiones culturales y lenguajes necesarios para la democracia. La violencia de los medios masivos y persuasivos polariza las sociedades, exacerba el conflicto, y cultiva miedo y desconfianza, hace a las personas vulnerables y dependientes. Por lo tanto, nosotros ratificamos esta carta definiendo los derechos y las responsabilidades de la comunicación para que sean observadas en países democráticos y en leyes internacionales.

Articulo 1. Respeto
Todas las personas tienen el derecho de ser tratados con respeto. De acuerdo con los derechos básicos humanos y los estándares de dignidad, integridad, identidad, e indiscriminación.

Articulo 2. Libertad
Todas las personas tienen el derecho de acceso a los canales de comunicación independientes del control de los gobiernos o el comercio.

Articulo 3. Acceso
Para poder ejercer sus derechos, las personas deberían tener acceso justo y equivalente a los recursos locales y globales y facilidades hacia los canales convencionales y avanzados de comunicación; para recibir opiniones, información e ideas en el lenguaje que ellos normalmente usan y entienden; para recibir un rango de productos culturales diseñados por una gran variedad de gustos e intereses; y para tener acceso fácil a factores acerca de posesión de medios y fuentes de información. Las restricciones al acceso de la información deberían ser permisivas solo por razones buenas y justificables, como cuando son prescritas por estándares internacionales de derechos humanos o necesarios para la protección de una sociedad democrática o los derechos básicos de los demás.

Articulo 4. Independencia
La realización de los derechos de las personas para participar en, contribuir y beneficiarse del desarrollo de estructuras de comunicación auto suficientes requiere asistencia al desarrollo de medios independencia; entrenado programas para trabajadores profesionales de los medios; el establecimiento de asociaciones, sindicatos o uniones de mercado independientes y representativas del periodismo y asociaciones de editores y publicadores; y la adopción de estándares internacionales.

Articulo 5. Literalidad
Todas las personas tienen el derecho de adquirir la información y habilidades necesarias para participar plenamente de comunicación y deliberación públicas. Esto requiere facilidad en la lectura escritura y narración; realidad crítica de los medios; literalidad computacional; y educación acerca del role de la comunicación en la sociedad.

Articulo 6. Protección del periodista
Al periodista debe ser asignado a plena protección de la ley, incluyendo leyes internacionales humanitarias, especialmente en áreas de conflictos armados. Deben tener seguridad, acceso irrestricto a fuentes de información, y debe ser capaz de buscar remedio, cuando lo requiera. A través de un cuerpo internacional.

Articulo 7. Derecho a responder y redirigir
Todas las personas tienen el derecho de responder y demandar por prejuicio a la desinformación mediática. Los individuos en el asunto deben tener una oportunidad de corregir, sin retraso, estamentos relacionados con ellos y que tengan un interés justificado en corregir. Da dichas correcciones se les debe dar la misma prioridad así como a la expresión original. Los estados deberían imponer penalidades ante prueba de prejuicio, o requerimiento de correcciones, donde una corte de ley a determinado que una información provista a diseminado información inadecuada, poco concisa o dañina, o ha facilitada la diseminación de dicha información.

Articulo 8. Identidad cultural
Todas las personas tienen el derecho a proteger su identidad cultural. Esto incluye el respeto por la búsqueda individual de la identidad cultural y su desarrollo y el derecho a la libre expresión en lenguajes que entiendan. El derecho de la gente a la protección de su espacio y herencia cultural los cuales no deberían ser violados por otros humanos o provisiones de este discurso.

Articulo 9. Diversidad de Lenguas
Todas las personas tienen el derecho a la diversidad de lenguas. Esto incluye el derecho a expresarse a si mismos y tener acceso a la información en su propio lenguaje, el derecho a usar su propio lenguaje en instituciones educativas fundadas por el estado, y el derecho tener provisiones adecuadas creadas por el uso de lenguas de la minorías donde sea necesario.Articulo 10. Participación en la realización de políticas
Todas las personas tienen el derecho de participar en tomas de decisiones públicas acerca de la provisión de información; el desarrollo y la utilización del conocimiento; la preservación, protección y desarrollo de la cultura; la elección y aplicación de tecnologazas de comunicación; y la estructura y políticas de las industrias mediáticas.

Articulo 11. Derechos de los niños
Los niños tienen el derecho a los productos de medios masivos que son diseñados para sus necesidades e intereses y cultivar el desarrollo de su salud física, mental y emocional… ellos deberían ser protegidos de medios hirientes, comerciales y otros abiertos en casa, en la escuela y lugares de juego, trabajo, o negocios. Las acciones deberían tomar el primer paso para producir y distribuir enormemente con materiales de alta calidad cultural y entretenida creados para niños en su propia lengua.

Articulo 12. Ciberespacio
Todas las personas tienen el derecho al acceso universal para un uso equitativo del ciberespacio. Sus derechos a comunidades libres y abiertas en el ciberespacio, su libertad de expresión electrónica, y su libertad de aprendizaje e instrucción electrónica, deberían ser protegidos.

Articulo 13. Privacidad
Todas las personas tienen el derecho de ser protegidas de la publicación de acusaciones irrelevantes al interés público, o de fotografías privadas o cualquier otra comunicación no autorizada, o de información personal dada o recibida en confidencia. Las bases de datos derivadas de comunicaciones en lugares personales o de trabajo o transacciones no deberían ser usadas para vigilancia comercial o general no autorizada. Como sea, las naciones deben encargarse de la protección de la privacidad no sea interferida con la libertad de expresión o la administración de la justicia.

Articulo 14. Daño
Las personas tienen el derecho de demandar que los medios activamente incitan al odio, prejuicio, violencia, y guerra. La violencia no debe ser presentada tan normalmente, o para entretener, y verdaderas consecuencias de ella o alternativas a la violencia si deberían ser mostradas. Otras violaciones de la dignidad humana para ser evadida incluyen las imágenes estereotípicas que distorsionan las realidades y complejidades de las vidas de las personas. Los medios no deben ridiculizar, estigmatizar, o demonizar a las personas sobre las bases del genero, la raza, la clase, la etnia, la lengua, la orientación sexual, y la condición mental o física.

Articulo 15. Justicia
Las personas tienen el derecho de pedir que los medios respeten los estándares del proceso en la cobertura de juicios. Esto indica que los medios no deberían presumir la culpabilidad antes de un veredicto, invaden la privacidad de los acusados, y no deberían transmitir juicios criminales en tiempo real, mientras el juicio esta en proceso.

Articulo 16. Consumo
Las personas tienen el derecho de consumir útilmente la información y a ser protegidos contra la información malintencionada o distorsionada. Los medios deben evadir y, si es necesario, exponer promociones disfrazadas de noticias y entretenimiento (infomerciales, posicionamiento de productos, programas de niños que usan personajes o juguetes de marcas, etc), y la creación de actividades, productos, necesidades y deseos llenos de basura, innecesarios, dañinos o ecológicamente incorrectos. La propaganda dirigida a los niños debe recibir escrutinio especial.

Articulo 17. Contabilidad
Las personas tienen el derecho de sostener los medios contables al público general y su adherencia a los estándares establecidos en este discurso. Para ese propósito, los medios deben establecer mecanismos, incluyendo cuerpos autorreguladores, que monitoreen y cuenten para medidas tomadas para alcanzar consistencia.

Articulo 18. Implementación
En consulta con los firmantes, mecanismos nacionales e internacionales será organizado para publicar este discurso; implementarlo en tantos países como sea posible y en leyes internacionales; monitorear y asesorar el funcionamiento de países y medios a loa luz de estos estándares; recibir quejas de violaciones a estos estamentos; aconsejar medidas adecuadas; y establecer procesos para revisiones periódicas, desarrollo y modificación de este discurso.

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